E
l consentimiento informado es un procedimiento de información entre la persona que recurre a un servicio médico y el personal sanitario que lo atiende.
Con el consentimiento informado, el médico ofrece toda la información relativa al motivo de consulta, lo que incluye tanto el diagnóstico, implicaciones de la dolencia, así como las distintas alternativas terapeúticas y todos los posibles riesgos. Una vez hecho, será el paciente quién libremente decida sobre la adopción de la terapia propuesta por el médico con el objetivo de obtener una curación o mejoría de la dolencia objeto de consulta.
En el consentimiento informado debemos encontrar necesariamente:
- Por parte del personal sanitario, una información completa, comprensible y ajustada a la realidad en lo relativo al motivo de consulta.
- Por parte de del paciente, la garantía del respeto a tomar decisiones libremente en todo aquello que afecta a su salud.
Es necesario que el personal médico se asegure, no solo de haber transmitido la información de forma completa, sino que quién la recibe está capacitado para entenderla.
¿Cuál es la importancia de un consentimiento informado?
El consentimiento informado es por tanto necesario y clave en las relaciones que se establecen entre médico y paciente.
Debemos tener en cuenta que de ello depende, por un lado, que el paciente entienda la naturaleza de su dolencia, así como las implicaciones del tratamiento y los posibles riesgos de este. Solo así podrá decidir libremente sobre si acepta o no el tratamiento propuesto.
Por otro lado, el personal sanitario se asegura de que la información transmitida es clara y comprensible para el paciente, que es conocedor de las características de la dolencia, de las opciones terapeúticas y lo que puede esperar de ellas, tanto en cuanto a resultados como en posibles riesgos.
De esta forma gracias al consentimiento informado todos los implicados, personal sanitario y paciente son corresponsables a la hora de tomar decisiones en el tratamiento.
¿Cuáles son los tipos de consentimiento informado?
En cuanto al consentimiento como tal, podemos hablar de varios tipos, como puede ser el consentimiento presunto, en el que se presupone el consentimiento por falta de negativa expresa y el consentimiento informado, que es el que nos ocupa, en el que el consentimiento debe ser expreso por parte del paciente.
En este caso, podemos encontrarnos ante un consentimiento que se expresa de forma verbal, o un consentimiento escrito, que es aquel que se solicita en diversos tipos de tratamientos, o, por ejemplo, cuando debemos someternos a una intervención quirúrgica.
¿En qué casos se aconseja un consentimiento informado por escrito?
Existen algunos tipos de intervenciones en los que se aconseja que el consentimiento informado figure por escrito, como pueden ser.
- Procesos invasivos
- Procesos que, por su propia naturaleza repercutan en las actividades cotidianas del paciente y conlleven una serie de molestias inherentes y previsibles.
- Tratamientos de índole no curativa, como el caso de los procedimientos en medicina estética.
¿Qué es el consentimiento informado en cirugía?
En el caso específico de una cirugía, el consentimiento informado ha de ser por escrito. Ello de desprende del artículo 8.2 de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
En este consentimiento, deberá detallarse la naturaleza de la intervención, objetivos, posibles efectos secundarios y riesgos etc. y deberá ser firmado por el paciente o sus tutores legales.
¿Qué debe tener una carta de consentimiento informado?
En ocasiones, el consentimiento informado tiene su expresión por escrito. De tal forma que encontramos un documento que deberá ser leído y explicado por el personal sanitario y a su vez deberá ser firmado, en el ejercicio de su libertad de decisión, por el paciente.
En este documento debe aparecer necesariamente esta información:
- Explicación del tipo de intervención que se va a realizar y qué se va a realizar
- Todas las opciones terapeúticas alternativas a la intervención, y el por qué se opta por realizar esta frente a las demás.
- Objetivos que se persiguen con la realización de esta intervención. En definitiva, la justificación de la misma y los resultados que se esperan tras su realización y, sobre todo, los beneficios de la misma para el paciente.
- Información detallada sobre los posibles riesgos o efectos secundarios que pueden derivarse de la intervención y, por otro lado, información acerca de los riesgos que se podrían derivar en caso de no realizar la intervención.
- Opción de que el consentimiento se pueda retirar de forma voluntaria en cualquier momento.
¿Quién debe firmar un consentimiento informado?
El consentimiento informado debe ser firmado a priori por el propio paciente, siempre y cuando este goce de la capacidad legal para tomar este tipo de decisión.
Existen casos en los que deberán ser los familiares más cercanos o tutores legales quiénes lo hagan, cuando el propio interesado está incapacitado para hacerlo bien por su condición física y/o mental o bien en el caso por ejemplo de menores.
Por otro lado, el consentimiento deberá ir también acompañado de la firma del médico que le haya informado acerca del tratamiento.
¿Qué pasa si no se firma el consentimiento informado?
El consentimiento informado debe ser firmado por el paciente, o, en su defecto familiares o tutores legales para que se lleve a cabo el tratamiento objeto del mismo.
Solo existen unas excepciones a este requisito obligatorio:
- Cuando, debido a la urgencia, requiera de tratamiento inmediato, sin poder esperar a una firma.
- Cuando el paciente no esté capacitado para tomar la decisión libremente. En este caso, como decíamos serán sus familiares o tutores quiénes lo hagan.
- Cuando, en caso de no intervenir, exista algún riesgo para la salud pública.