Datos del procedimiento:
- Juzgado: Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid
- Número de procedimiento: 1072/2012
- Fecha de la sentencia: 20 de marzo de 2013
Antecedentes:
L La parte demandante interpuso una demanda contra la aseguradora QBE Insurance Ltd, reclamando una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por su hija como resultado de una intervención médica durante el parto. La reclamación se basa en la falta de consentimiento informado y en la supuesta mala praxis médica que llevó a la parálisis braquial obstétrica en la menor.
Argumentos de la parte actora:
Los demandantes argumentaron que la menor sufrió una parálisis braquial derecha obstétrica, específicamente una parálisis del plexo braquial C5-C6 y C7-C8-D1, debido a un parto complicado. Detallaron que la intervención se realizó sin un consentimiento informado adecuado, lo que les impidió tomar decisiones informadas sobre el proceso de parto, incluyendo el uso de una ventosa y la episiotomía. La demanda desglosó la reclamación por conceptos, incluyendo 149.802,66 euros por secuelas, 11.663,52 euros por perjuicio estético y 9.966,25 euros por una baja no impeditiva de 335 días.
Argumentos de la parte demandada:
La aseguradora, QBE Insurance, argumentó su falta de legitimación pasiva, sosteniendo que no cubría al personal del hospital donde ocurrió el parto, dado que el mismo estaba gestionado bajo una concesión y que la póliza de responsabilidad civil correspondiente había sido contratada con otra compañía. La defensa se centró en la interpretación de las condiciones de la póliza y la exclusión de los trabajadores de la administración pública de su cobertura.
Análisis del juez:
El juez analizó la legitimación de la demandada, determinando que, aunque la aseguradora argumentó su falta de responsabilidad, había una relación clara entre la aseguradora y la administración sanitaria. El juez también subrayó que los demandantes podían dirigir su acción contra la administración pública, el hospital, y los facultativos responsables. Afirmó que la aseguradora debía responder por los daños, ya que el hospital del Vinalopó estaba adscrito a la Agencia Valenciana de Salud, lo que implicaba que la póliza de seguro de la administración debía cubrir las responsabilidades derivadas del parto.
En cuanto a la cuestión médica, el juez evaluó el informe pericial presentado, que concluyó que la madre no fue informada adecuadamente sobre los riesgos del parto, y que la parálisis obstétrica resultó de la manipulación durante la extracción del bebé. Se estableció que la falta de información sobre la opción de realizar una cesárea y los riesgos de un parto vaginal, así como la falta de un consentimiento informado claro, fueron determinantes en el resultado adverso.
Fallo de la sentencia:
El juez estimó la demanda y condenó a la aseguradora a indemnizar a los padres con 171.432,43 euros, que devengarán intereses desde el momento de la interpelación judicial. Además, la aseguradora fue condenada a pagar las costas del juicio. El fallo enfatiza la importancia del consentimiento informado y la responsabilidad de los profesionales de la salud y sus aseguradoras en el contexto de la atención médica, subrayando la necesidad de garantizar que los pacientes sean plenamente informados sobre los riesgos de los procedimientos médicos.
Esta sentencia, en la que el abogado José Antonio Ramos Mesonero ha representado al demandante, refuerza la importancia del consentimiento informado en el ámbito de la atención médica y la responsabilidad de los profesionales de la salud en la toma de decisiones durante el parto. La decisión del tribunal destaca la necesidad de garantizar que los pacientes y sus familias sean debidamente informados sobre los riesgos de los procedimientos médicos y de que se respeten sus derechos en todo momento.