Datos del procedimiento:
- Juzgado: Juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid
- Número de procedimiento: 774/11
- Fecha de la sentencia: 27 de enero de 2012
Antecedentes:
L La parte demandante, un paciente, presentó una demanda contra la clínica Servicios Integrales de Sanidad y la aseguradora Mapfre Industrial, reclamando una indemnización de 72.716,21 euros por los daños y perjuicios derivados de una artritis séptica contraída tras una intervención quirúrgica de artroscopia realizada el 8 de agosto de 2002. El demandante argumentó que no se le administró el tratamiento antibiótico adecuado durante la cirugía, lo que resultó en complicaciones graves y secuelas a largo plazo.
Argumentos de la parte actora:
El demandante alegó que la atención médica no cumplió con los estándares requeridos, y que su estado de salud se deterioró debido a la falta de profilaxis antibiótica antes y después de la operación. Afirmó que la infección articular que desarrolló fue consecuencia directa de la negligencia del cirujano y del personal médico en el manejo de su caso. También se argumentó que no se proporcionó información adecuada sobre los riesgos de la intervención, lo que le impidió dar un consentimiento informado. El demandante presentó informes periciales que apoyaban su reclamación, señalando que la falta de antibióticos y el inadecuado seguimiento postoperatorio fueron determinantes en la aparición de la artritis séptica.
Argumentos de la parte demandada:
La defensa de la clínica y la aseguradora alegó que la intervención se realizó conforme a los protocolos establecidos y que la administración de antibióticos no era obligatoria en su caso. Argumentaron que la infección no era predecible y que el tratamiento proporcionado fue adecuado, enfatizando que el cirujano actuó de acuerdo con la lex artis. Además, sostuvieron que el paciente fue informado correctamente sobre los riesgos asociados a la cirugía y que la profilaxis antibiótica no era un requisito absoluto en procedimientos de artroscopia.
Análisis del juez:
El juez evaluó las pruebas presentadas y analizó la responsabilidad de la clínica y del cirujano en relación con la infección sufrida por el demandante. Se consideró que la falta de administración de antibióticos antes y después de la intervención quirúrgica era una omisión grave que justificaba la imputación de responsabilidad. La jurisprudencia citada por el juez estableció que los servicios sanitarios son responsables por los daños causados por sus profesionales, y que, en casos de infecciones postoperatorias, se presume la culpa si no se demuestra que se tomaron las medidas adecuadas para prevenirlas.
El juez también subrayó la importancia del consentimiento informado, indicando que el demandante no había recibido información adecuada sobre los riesgos del procedimiento y que, en consecuencia, su consentimiento no fue plenamente válido. La decisión se basó en la necesidad de demostrar que la atención médica se prestó con la debida diligencia y que se realizaron todas las acciones preventivas necesarias.
Fallo de la sentencia:
El juzgado condenó a la clínica Servicios Integrales de Sanidad y a la aseguradora Mapfre Industrial a pagar al demandante la cantidad de 30.624,63 euros, más intereses desde la fecha de interposición de la demanda. También se estableció que cada parte debía asumir sus propias costas procesales.
Esta sentencia subraya la importancia de la correcta administración de tratamientos preventivos en el ámbito médico y la obligación de los profesionales de la salud de informar adecuadamente a sus pacientes sobre los riesgos asociados a los procedimientos quirúrgicos. La decisión también resalta la responsabilidad de las clínicas y aseguradoras en la gestión de la atención médica y en la protección de los derechos de los pacientes.