Negligencia médica tras legrado uterino: indemnización 390.467,64 €

Negligencia médica tras legrado uterino
Datos del procedimiento:
  • Juzgado: Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid
  • Número de procedimiento: 1651/2010
  • Fecha de la sentencia: 7 de febrero de 2013
Antecedentes:

L La parte demandante, en representación de su madre fallecida, presentó una demanda contra una aseguradora y un médico, reclamando una indemnización total de 390.467,64 euros por daños y perjuicios derivados de una supuesta negligencia médica que resultó en complicaciones graves y, eventualmente, en la muerte de la paciente. La demanda alegaba que la intervención médica realizada, un legrado uterino, fue inadecuada y que no se siguieron los protocolos necesarios, lo que provocó un estado de coma vigil y finalmente la muerte de la demandante.

Argumentos de la parte actora:

La demandante argumentó que la médica que realizó la intervención no siguió el procedimiento adecuado. Se alegó que, tras el legrado, hubo indicios de perforación del útero que llevaron a una parada cardiorrespiratoria y a un estado de coma vigil. Además, se presentaron informes periciales que sostenían que la administración del fármaco methergin, utilizado durante el procedimiento, era inapropiada y peligrosa, especialmente en pacientes con antecedentes de hipertensión. El informe pericial también destacaba que el fármaco podía causar complicaciones vasoconstrictoras y que, debido a la falta de oxigenación, la paciente quedó con deterioro cognitivo severo y secuelas físicas significativas.

Argumentos de la parte demandada:

La aseguradora y el médico defendieron que la intervención quirúrgica se llevó a cabo de acuerdo con los estándares médicos y que el methergin es un fármaco comúnmente utilizado en estos procedimientos. Argumentaron que, aunque la paciente presentó complicaciones, estas no eran necesariamente atribuibles a un error médico, sino que podían ser resultado de la evolución natural de su condición. La defensa enfatizó que la paciente había firmado un consentimiento informado antes de la intervención, lo que indicaba su comprensión de los riesgos asociados.

Análisis del juez:

El juez analizó la responsabilidad del médico y la aseguradora bajo la normativa de responsabilidad civil médica, destacando que la carga de la prueba recaía sobre la parte actora para demostrar la existencia de negligencia. Se evaluaron los informes periciales presentados por ambas partes. El juez consideró que la administración de methergin fue inapropiada dado el historial de hipertensión de la paciente, lo que la hacía susceptible a las complicaciones provocadas por el fármaco. También se concluyó que hubo una falta de atención en la detección de una posible perforación uterina, lo que representaba una negligencia en la práctica médica.

Fallo de la sentencia:

El juzgado estimó parcialmente la demanda y condenó a la aseguradora y al médico a indemnizar a la demandante con un total de 390.467,64 euros por los daños y perjuicios sufridos por la paciente, incluidos los sufrimientos morales y las secuelas derivadas del tratamiento inadecuado. Se establecieron intereses desde la fecha de la admisión de la demanda hasta su pago. Las costas del procedimiento se asignaron a cada parte según su instancia, en virtud del artículo 394.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La sentencia resalta la importancia del consentimiento informado y la necesidad de una atención médica adecuada en intervenciones quirúrgicas, así como las implicaciones de la responsabilidad civil en casos de negligencia médica. Esta decisión pone de manifiesto la obligación de los profesionales de la salud de actuar con el máximo cuidado y atención para prevenir daños a sus pacientes.

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