
Datos del procedimiento:
- Juzgado: Juzgado de 1ª Instancia nº 44 de Madrid
- Número de procedimiento: Ordinario 4/2021
Antecedentes:
L La demandante reclamó una indemnización de 60.587,39 € por la defectuosa asistencia sanitaria que le fue proporcionada, relacionada con un diagnóstico de embarazo ectópico que fue mal manejado.
La parte demandante fue una paciente que sufrió complicaciones debido a un embarazo ectópico, mientras que la parte demandada incluyó a la Clínica Santa Elena y a la ginecóloga responsable de su tratamiento.
Argumentos de la parte actora:
La paciente argumentó que la decisión médica de adoptar una actitud expectante ante su diagnóstico de embarazo ectópico fue errónea. En lugar de recibir un tratamiento conservador con metotrexato, se le indicó que regresara para un control, lo que finalmente resultó en la necesidad de una cirugía de emergencia para extirpar la trompa y el ovario izquierdo. La demandante consideró que esta falta de acción adecuada le causó un daño significativo, tanto físico como emocional, lo que justificaba su reclamación de indemnización.
Argumentos de la parte demandada:
Por otro lado, la defensa se basó en que la actuación médica fue conforme a los estándares de la lex artis. Se argumentó que el manejo del caso fue apropiado y que la decisión de optar por un tratamiento conservador estaba respaldada por guías clínicas, dado que la paciente no presentaba síntomas graves en el momento del diagnóstico inicial. La ginecóloga defendió que las decisiones tomadas eran las correctas bajo las circunstancias que se presentaron, y que las complicaciones surgidas estaban relacionadas con la naturaleza del embarazo ectópico, no con un error médico.
Análisis del juez:
El juez analizó la prueba pericial presentada y los testimonios de los médicos implicados en el caso. Se constató que la decisión de seguir una actitud expectante no estaba alineada con las prácticas recomendadas para el tratamiento de un embarazo ectópico, especialmente dado que la paciente presentaba síntomas que justificaban un manejo más proactivo. Se concluyó que la falta de intervención adecuada contribuyó a que la paciente sufriera una extirpación de la trompa y el ovario, lo que no solo afectó su salud física, sino también su bienestar emocional y reproductivo.
El tribunal también consideró el impacto del diagnóstico tardío en la salud general de la paciente. La falta de tratamiento oportuno no solo generó complicaciones adicionales, sino que también incrementó la angustia emocional de la paciente al enfrentarse a una cirugía de emergencia que pudo haberse evitado.
Fallo de la sentencia:
Finalmente, el juez condenó a la parte demandada a indemnizar a la paciente con la suma de 60.587,39 €, más los intereses legales desde la fecha del siniestro, que se produjo el 3 de octubre de 2020. El tribunal destacó la gravedad de la falta en el tratamiento, resaltando que una correcta actuación médica podría haber evitado la pérdida de la trompa y el ovario, así como las complicaciones que surgieron posteriormente.
Esta sentencia subraya la importancia de seguir las directrices médicas adecuadas en situaciones críticas, especialmente en el manejo de condiciones potencialmente peligrosas como el embarazo ectópico.