Sufrimiento fetal y secuelas graves: indemnización 100.000 €

Sufrimiento fetal y secuelas graves
Datos del procedimiento:
  • Juzgado: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta
  • Número de procedimiento: 1954/2009
  • Fecha de la sentencia: 14 de diciembre de 2010
Antecedentes:

E Este caso se centra en una reclamación presentada por los padres de una menor que sufrió graves secuelas debido a un sufrimiento fetal durante el parto. La demanda, representada por el abogado José Antonio Ramos Mesonero, se dirigió contra la Generalidad Valenciana por el tratamiento negligente en la atención médica durante el parto, que se consideró responsable del sufrimiento fetal agudo que causó encefalopatía y otras discapacidades graves en la niña.

Argumentos de la parte actora:

La paciente, nacida con una serie de complicaciones, fue diagnosticada con encefalopatía y otras secuelas físicas y psíquicas debido a un retraso en la atención médica adecuada durante el parto. A pesar de los episodios de bradicardia fetal y la alteración de la frecuencia cardíaca durante la labor de parto, no se tomó la decisión de realizar una cesárea a tiempo, lo que contribuyó al sufrimiento y a las secuelas irreversibles de la menor.

Argumentos de la parte demandada:

La defensa de la Generalidad Valenciana argumentó que el parto había sido manejado correctamente según los estándares médicos de la época, y que no existía responsabilidad por las secuelas, ya que las alteraciones en la frecuencia cardíaca no justificaban una intervención quirúrgica inmediata. Además, alegaron que las complicaciones que sufrió la niña podrían tener un origen genético y no necesariamente haber sido causadas por una deficiente atención médica.

Análisis del juez:

El tribunal, tras revisar los informes médicos y la evidencia presentada, determinó que, aunque las condiciones del parto eran complejas debido a la salud de la madre y el feto, la actuación médica no cumplió con los estándares exigibles. Los episodios de bradicardia y la alteración en la frecuencia cardíaca del feto indicaron un sufrimiento fetal agudo, el cual debería haber llevado a una intervención cesárea de urgencia. El juez destacó que la falta de acción a tiempo contribuyó significativamente a las graves secuelas sufridas por la niña.

En cuanto a la prescripción de la acción, el tribunal determinó que el plazo para presentar la reclamación se debía contar desde la determinación del alcance de las secuelas, lo que no ocurrió hasta varios años después del parto, lo que hacía que la reclamación fuera válida.

Fallo de la sentencia:

El tribunal desestimó parcialmente la casación interpuesta por la Generalidad Valenciana, y confirmó la indemnización a la menor y sus padres, fijando una pensión vitalicia mensual de 3.000 euros para la niña con efectos desde su nacimiento, actualizable conforme al IPC. Asimismo, se otorgó una indemnización conjunta de 100.000 euros a los padres por el daño moral y los perjuicios derivados de la situación. Sin embargo, no se concedió el pago de intereses hasta el momento de la sentencia, y el tribunal resolvió que no procedía el pago de costas procesales.

La sentencia establece la importancia de una intervención médica adecuada en el parto, especialmente cuando se presentan complicaciones que podrían derivar en sufrimiento fetal. El abogado José Antonio Ramos Mesonero logró que se reconociera la responsabilidad patrimonial de la Administración y que se concediera una indemnización para cubrir los daños sufridos por la menor y sus padres debido a la deficiente atención durante el parto.

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