
Datos del procedimiento:
- Juzgado: Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid
- Número de procedimiento: 1795/2021
- Fecha de la sentencia: 8 de marzo de 2024
Antecedentes:
E El demandante, representado por el abogado José Antonio Ramos Mesonero, reclamó indemnización a la compañía aseguradora de un hospital por los daños sufridos tras una cirugía cardiovascular realizada el 1 de diciembre de 2019, que resultó en una infección nosocomial por la bacteria Nocardia farcinica.
Argumentos de la parte actora:
El demandante alegó que la asistencia sanitaria recibida fue defectuosa, lo que le llevó a dos reintervenciones quirúrgicas y a una prolongada estancia hospitalaria, así como a diversas complicaciones graves que incluyeron hemorragias y daños significativos en su salud.
Argumentos de la parte demandada:
Por su parte, la demandada negó cualquier responsabilidad, argumentando que la atención médica prestada fue adecuada y que la infección no era resultado de negligencia, sino de circunstancias ajenas.
Análisis del juez:
El juez, al evaluar las pruebas presentadas, determinó que, aunque no se pudo establecer con certeza el origen de la infección, la falta de cumplimiento de los protocolos de prevención de infecciones hospitalarias por parte del centro médico contribuyó al daño sufrido por el demandante. La jurisprudencia relevante y la normativa en vigor establecen que el centro hospitalario tiene la carga de demostrar que cumplió con todas las medidas de seguridad, lo cual no se probó en este caso.
Fallo de la sentencia:
Finalmente, la sentencia concluyó con una condena a la aseguradora a indemnizar al demandante por un total de 24.687,86 €, más los intereses conforme al artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro desde el momento del siniestro. Además, el tribunal desestimó las costas del proceso.
Esta sentencia representa un paso importante en el reconocimiento de la responsabilidad de los centros de salud en la prevención de infecciones, destacando la importancia de mantener altos estándares de atención médica.