Negligencia médica durante el parto: indemnización 113.630,13 €

Negligencia médica durante el parto
Datos del procedimiento:
  • Juzgado: Juzgado de Primera Instancia nº 97 de Madrid
  • Número de procedimiento: 652/14
  • Fecha de la sentencia: 3 de junio de 2015
Antecedentes:

L La sentencia fue emitida por el Juzgado de Primera Instancia nº 97 de Madrid, en un caso donde la demandante, representando a su hija menor, reclamó una indemnización por negligencia médica a la aseguradora MAPFRE, en relación con un parto ocurrido el 2 de junio de 2013 en el Hospital de Vinalopó, Alicante.

Argumentos de la parte actora:

La parte demandante argumentó que durante el parto, la atención médica fue inadecuada. Afirmó que, a pesar de que la madre ingresó con una rotura prematura de membranas y antecedentes de cesárea, no se proporcionó la atención especializada requerida, incluyendo la presencia de un ginecólogo y la administración de oxitocina, que estaba contraindicada. La demandante afirmó que estas acciones condujeron a una distocia de hombros, resultando en un trauma en el plexo braquial del recién nacido. Por estas razones, reclamó 185.357,52 euros en concepto de daños por las lesiones sufridas, incluyendo daños estéticos y días de incapacidad.

Argumentos de la parte demandada:

La aseguradora MAPFRE, aunque reconoció la existencia del parto y la lesión, se opuso a la demanda argumentando que la distocia de hombros es una complicación imprevisible inherente a los partos vaginales. La compañía alegó que la madre había optado voluntariamente por un parto vaginal y que las acciones del personal médico no constituyeron negligencia. Además, cuestionó la cuantificación de las lesiones y la validez de los informes periciales presentados por la parte actora.

Análisis del juez:

El juez revisó los informes periciales presentados y escuchó las declaraciones de los testigos. Se concluyó que la atención médica durante el parto no cumplió con la lex artis, es decir, los estándares profesionales aceptados. Se determinó que había múltiples indicios que justificaban la realización de una cesárea, ya que la administración de oxitocina, la taquicardia fetal y la falta de dilatación eran signos de que se necesitaba atención urgente. El juez consideró que, si se hubiera llevado a cabo una cesárea, se habrían evitado las lesiones en el plexo braquial.

Fallo de la sentencia:

El tribunal estimó parcialmente la demanda, condenando a MAPFRE a pagar 113.630,13 euros a la demandante por los daños causados, incluyendo intereses desde la presentación de la demanda. Se absolvió a la aseguradora de las otras pretensiones no reconocidas y se decidieron las costas del procedimiento a cargo de cada parte.

Este fallo reafirma la importancia de seguir los protocolos adecuados en situaciones médicas críticas y la responsabilidad que tienen los profesionales de la salud de garantizar una atención adecuada. El abogado José Antonio Ramos Mesonero representó exitosamente a la parte demandante en esta reclamación por negligencia médica.

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