Datos del procedimiento:
- Juzgado: Juzgado de Primera Instancia número 88 de Madrid
- Número de procedimiento: 1332/2011
- Fecha de la sentencia: 15 de marzo de 2013
Antecedentes:
L La parte demandante, representada por su procurador, presentó una demanda contra una odontóloga y su aseguradora, reclamando una indemnización de 65.130 euros por daños y perjuicios derivados de un tratamiento ortodóntico que resultó en una severa reabsorción radicular. La paciente, tras someterse a un tratamiento de ortodoncia, sufrió complicaciones que afectaron gravemente la salud de sus dientes.
Argumentos de la parte actora:
La demandante alegó que recibió un tratamiento ortodóntico desde junio de 2008, el cual consistía en corregir la alineación de sus dientes mediante aparatos fijos de técnica lingual. Sin embargo, en marzo de 2011, una radiografía reveló que sufría de reabsorción radicular severa en los incisivos inferiores. La paciente argumentó que esta condición era el resultado directo de las fuerzas ortodónticas aplicadas durante el tratamiento y que no había sido informada adecuadamente de los riesgos asociados. Además, alegó que la reabsorción radicular la ponía en un alto riesgo de perder las piezas dentales a medio plazo.
La demandante desglosó su reclamación de indemnización, incluyendo el coste de implantes y coronas, extracciones dentales, controles de mantenimiento, y daños morales, además de la cantidad pagada por el tratamiento ortodóntico inicial.
Argumentos de la parte demandada:
La odontóloga y su aseguradora se opusieron a la demanda, argumentando que la paciente fue informada sobre los riesgos del tratamiento y que la reabsorción radicular era una posible consecuencia inherente a los movimientos ortodónticos. Sostuvieron que la pérdida de material radicular es impredecible y que la paciente había firmado un consentimiento informado. También argumentaron que el tratamiento se llevó a cabo de acuerdo con las mejores prácticas médicas y que la intervención fue adecuada dado el contexto de la paciente.
La defensa enfatizó que no había evidencia de mala praxis y que la reabsorción radicular podía haber ocurrido independientemente de las acciones del médico. También cuestionaron la cuantificación de los daños solicitados, argumentando que la indemnización solicitada por la parte actora era desproporcionada y no se basaba en hechos concretos.
Análisis del juez:
El juez analizó la naturaleza de la relación entre el médico y la paciente, destacando que el médico tiene una obligación de medios, lo que implica que debe actuar con diligencia y cuidado. Sin embargo, en este caso, se consideró que el resultado adverso (reabsorción radicular) era indicativo de una posible negligencia en el tratamiento.
El tribunal concluyó que la parte demandante había demostrado que la intervención no se realizó adecuadamente, ya que la reabsorción radicular y la falta de seguimiento radiológico apropiado indicaban una deficiencia en la atención. Se resaltó que el médico debía haber detectado la reabsorción a tiempo y tomar medidas para prevenir un daño adicional.
Fallo de la sentencia:
El juzgado estimó parcialmente la demanda y condenó a la odontóloga y su aseguradora a pagar a la demandante un total de 20.650 euros por los daños y perjuicios sufridos. La cantidad incluye el costo de la extracción de dientes, implantes y tratamiento ortodóntico, pero no se concedieron los daños morales, ya que no se habían probado adecuadamente. Se establecieron intereses desde la fecha de la sentencia y las costas del procedimiento se distribuyeron entre ambas partes.
Esta sentencia subraya la importancia de una atención adecuada en tratamientos ortodónticos, así como el deber de los profesionales de la salud de informar a los pacientes sobre los riesgos y complicaciones asociados con los procedimientos que realizan. Además, resalta la responsabilidad de los médicos de actuar con diligencia y de realizar un seguimiento apropiado para prevenir daños en la salud de sus pacientes.